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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a./J. 29/90 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207113
Clave de tesis
3a./J. 29/90
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 185

ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. EL INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR EL IMPUESTO RELATIVO NO SE DEMUESTRA CON LA ESCRITURA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD QUEJOSA.

[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 185

Precedentes

Amparo en revisión 2519/89. Botica y Papelería Londres del Lago , S.A. de C.V. 23 de abril de 1990. Cinco votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: E. Gustavo Núñez Rivera. Amparo en revisión 2919/89. Cásares y Bravo Actuarios Consultores, S.C. 7 de mayo de 1990. Cinco votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Gustavo Aquiles Gasca. Amparo en revisión 3027/89. Productos de Alambre Apache, S.A. de C.V. 4 de junio de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jorge Carpizo Mac Gregor. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Francisco Javier Cárdenas Ramírez. Amparo en revisión 2340/89. Servicio de Limpieza La Perla, S.A. de C.V. 25 de junio de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: José de Jesús Quezada Sánchez. Amparo en revisión 3400/89. Mexiestaño, S.A. 25 de junio de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Sergio Novales Castro. Tesis de Jurisprudencia 29/90 aprobada por la Tercera Sala de este alto Tribunal en sesión privada celebrada el tres de septiembre de mil novecientos noventa. Cinco votos de los señores ministros: Presidente Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Mariano Azuela Güitrón, Salvador Rocha Díaz, Ignacio Magaña Cárdenas y José Antonio Llanos Duarte.
Registro digital (IUS): 207113