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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a./J. 37/90 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207130
Clave de tesis
3a./J. 37/90
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 203

SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION. SON COMPETENTES PARA RESOLVER LOS JUICIOS DE AMPARO EN REVISION EN LOS QUE HABIENDOSE RECLAMADO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY, NO PROCEDA ENTRAR AL EXAMEN DE ESA CUESTION, POR SER NOTORIAMENTE INOPERANTES LOS AGRAVIOS.

[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo VI, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 203

Precedentes

Amparo en revisión 1620/90. Mario Culebro Ocampo. 20 de Agosto de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Antonio Llanos Duarte. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: José Pastor Suárez Turnbull. Amparo en revisión 2523/89. Rigoberto Andrade Santiago y otro. 10 de septiembre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Rocha Díaz. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Consuelo Guadalupe Cruz Ramos. Amparo en revisión 3459/89. Industrias Ragoli, S.A. 10 de septiembre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: José Pastor Suárez Turnbull. Amparo en revisión 3551/90. José Luis Mesa Vilchis. 10 de septiembre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: José Pastor Suárez Turnbull. Amparo en revisión 439/90. Petra Magallón Ledesma. 5 de octubre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Amado López Morales. Tesis de Jurisprudencia 37/90 aprobada por la Tercera Sala de esta alto Tribunal en sesión privada celebrada el quince de octubre de mil novecientos noventa. Unanimidad de cuatro votos de los señores ministros: Presidente Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Mariano Azuela Güitrón, Salvador Rocha Díaz y José Antonio Llanos Duarte. Ausente: Ignacio Magaña Cárdenas.
Registro digital (IUS): 207130