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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
L/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207152
- Clave de tesis
- L/90
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 165
COPIA FOTOSTATICA CERTIFICADA. CARECE DE VALOR SI EL OFICIO CUYA EXISTENCIA SE CERTIFICA NO ESTA FIRMADO POR EL FUNCIONARIO QUE LO EMITIO.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 165
Aun cuando la certificación de la copia fotostática haya sido hecha por quien tiene facultades legales para ello, si el documento del cual se tomó la copia carece de la firma del funcionario que la emitió, tal copia certificada no tiene valor probatorio.
Precedentes
Amparo en revisión 2594/89. Urmen Consultores, S.A. de C.V. 19 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Julio César Vázquez Mellado G.