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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
LV/90 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207159
Clave de tesis
LV/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 171

IMPEDIMENTO. LA CAUSAL DE PARENTESCO NO SE ACREDITA SI UN MAGISTRADO DE CIRCUITO ES HERMANO DEL PRESIDENTE DE UN TRIBUNAL LOCAL CUANDO UNA DE SUS SALAS SEA AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL AMPARO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 171

Precedentes

Impedimento 2/90. Alberto José Alarcón Menchaca y Efraín González Morfín. 16 de abril de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Impedido: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: José Pastor Suárez Turnbull.
Registro digital (IUS): 207159