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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
LXVIII/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207166
Clave de tesis
LXVIII/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 174

INEJECUCION DE SENTENCIA. QUEDA SIN MATERIA EL INCIDENTE SI DE UN JUICIO DE AMPARO DIVERSO SE DERIVA QUE YA SE CUMPLIO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 174

Precedentes

Incidente de inejecución 52/86. Inmuebles Crifal, S.A. de C.V. 21 de mayo de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 207166