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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXXV/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207170
Clave de tesis
XXXV/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 176

INTERES JURIDICO EN EL AMPARO AGRARIO POR INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY. NO SE AFECTA SI EL COMISARIADO EJIDAL QUEJOSO NO ACREDITA EL ACTO CONCRETO DE APLICACION.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo V, Primera Parte, Enero-Junio de 1990; Pág. 176

Precedentes

Amparo en revisión 2945/88. Comisariado Ejidal del poblado "Potrero de Sataya", Municipio de Navolato, Sinaloa y otros. 29 de enero de 1990. Cinco votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Jorge Estrada Méndez.
Registro digital (IUS): 207170