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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CLXVII/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207234
Clave de tesis
CLXVII/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 210

AGRAVIOS EN LA REVISION INOPERANTES, CUANDO SE REFIEREN A DOCUMENTOS NO OBJETADOS EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 210

Precedentes

Amparo en revisión 1509/89. Promoción y Desarrollo Agropecuario Mexicano, S.A. de C.V. 18 de septiembre de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Carpizo. Secretario: Jean Claude Tron Petit. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "AGRAVIOS INOPERANTES, SON LOS REFERIDOS A DOCUMENTOS NO OBJETADOS EN EL JUICIO DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 207234