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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CCV/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207236
Clave de tesis
CCV/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 211

AUDITORIA, ORDEN DE. CASOS EN QUE NO ENTRAÑA VIOLACION DE GARANTIAS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 211

Precedentes

Amparo en revisión 9144/83. Rafael Pozos Pozos. 13 de noviembre de 1989. Mayoría de tres votos contra dos. Ponente: Jorge Carpizo Mac Gregor. Secretaria: Alma Leal de Caballero. Nota: En el Informe de 1989, la tesis aparece bajo el rubro "ORDEN DE AUDITORIA. CASOS EN QUE NO ENTRAÑA VIOLACION DE GARANTIAS.".
Registro digital (IUS): 207236