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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXC/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207247
Clave de tesis
CXC/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 215

COMERCIANTES, ORDEN DE CAMBIO DE PERMISOS DE, DE SEMIFIJOS A AMBULANTES. LA SENTENCIA DE AMPARO CONTRA LA MISMA SE CUMPLE SI LA RESPONSABLE LA DEJA SIN EFECTOS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 215

Precedentes

Incidente de inejecución de sentencia 25/84. Jorge Hernández Almazán y otros. 6 de noviembre de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "SENTENCIA DE AMPARO EN CONTRA DE UNA ORDEN DE CAMBIO DE PERMISO DE UN NEGOCIO DE SEMIFIJO A AMBULANTE. SE CUMPLE SI LA RESPONSABLE DEJA SIN EFECTO TAL ORDEN.".
Registro digital (IUS): 207247