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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CCX/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207259
Clave de tesis
CCX/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 223

DEMANDA DE AMPARO, TERMINO PARA LA PRESENTACION DE LA. ES INCORRECTO EFECTUAR EL COMPUTO CON BASE EN ACTAS QUE NO SEÑALAN DATOS PARA ESTABLECER QUE SE REFIEREN A LA NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES RECLAMADAS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 223

Precedentes

Amparo en revisión 1245/89. Estacionamientos Rice, S.A. 13 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Filiberto Méndez Gutiérrez. Nota: En el Informe de 1989, la tesis aparece bajo el rubro "TERMINO PARA PRESENTAR LA DEMANDA DE AMPARO. ES INCORRECTO EFECTUAR EL COMPUTO CON BASE EN ACTAS QUE NO SEÑALAN DATOS PARA ESTABLECER QUE SE REFIEREN A LA NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES RECLAMADAS. ".
Registro digital (IUS): 207259