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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CCI/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207262
Clave de tesis
CCI/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 225

EJECUCION DE SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO RESPECTO DE UN ACTO POSITIVO POR ADOLECER DE VICIOS FORMALES. SE PUEDE VERIFICAR CUANDO TACITAMENTE TAL ACTO QUEDA ANULADO MEDIANTE LA EMISION DE OTRO QUE SUBSANA ESOS DEFECTOS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 225

Precedentes

Incidente de inconformidad 12/84. Ramos Pérez Manuel. 13 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Alejandro Sosa Ortiz. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "EJECUTORIA QUE CONCEDE EL AMPARO RESPECTO DE UN ACTO POSITIVO POR ADOLECER DE VICIOS FORMALES. SU CUMPLIMIENTO SE PUEDE VERIFICAR CUANDO TACITAMENTE TAL ACTO QUEDA ANULADO MEDIANTE LA EMISION DE OTRO QUE SUBSANA ESOS DEFECTOS.".
Registro digital (IUS): 207262