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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CXCVI/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207299
- Clave de tesis
- CXCVI/89
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 256
REPETICION DEL ACTO RECLAMADO INEXISTENTE AUN CUANDO LOS NUEVOS ACTOS SEAN DE IGUAL NATURALEZA Y EN RELACION AL MISMO QUEJOSO, SI VERSAN SOBRE HECHOS Y ACTUACIONES DIVERSOS E INDEPENDIENTES.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 256
Si los actos denunciados como repetición de los reclamados en un juicio en que se haya concedido el amparo versan sobre hechos y actuaciones diversos e independientes a los que hayan constituido los segundos, aun cuando se refieran a procedimientos de igual naturaleza y en relación al mismo quejoso, no deben incluirse dentro de los efectos del fallo protector, sino que deben ser materia de un juicio de garantías diverso.
Precedentes
Incidente de inconformidad 9/86. Pablo Castillón de Jesús y otros. 6 de noviembre de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. En su ausencia hizo suyo el proyecto Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Notas:
Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 68/99, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, noviembre de 1999, página 378, de rubro: "REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO INEXISTENTE AUN CUANDO LOS NUEVOS ACTOS SEAN DE IGUAL NATURALEZA Y EN RELACIÓN AL MISMO QUEJOSO, SI VERSAN SOBRE DIVERSOS E INDEPENDIENTES HECHOS Y ACTUACIONES.".
En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "SENTENCIA. LOS EFECTOS DE LA QUE CONCEDE EL AMPARO NO INCLUYEN ACTOS DE IGUAL NATURALEZA A LOS RECLAMADOS Y EN RELACION AL MISMO QUEJOSO SI VERSAN SOBRE HECHOS Y ACTUACIONES DIVERSOS E INDEPENDIENTES.".