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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CCXIX/85 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207305
- Clave de tesis
- CCXIX/85
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 259
RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PUBLICOS, EL ARTICULO 81, ULTIMO PARRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE, NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL SERVIDOR PUBLICO POR NO ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO POR EL QUE SE LE OIGA ANTES DE DEJAR SIN EFECTOS EL NOMBRAMIENTO, SI SE LE EMPLAZA PARA TAL EFECTO.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 259
Si bien es cierto que el precepto legal citado establece que "si transcurrido el plazo a que hace referencia la fracción I, no se hubiese presentado la declaración correspondiente, sin causa justificada, quedará sin efectos el nombramiento respectivo previa declaración de la secretaría", sin consignar expresamente un procedimiento por el que se llame al afectado a exponer sus defensas y aportar pruebas, tal dispositivo no afecta los intereses jurídicos del servidor público si se acredita que fue emplazado para tales efectos cuando además aquél no considere violada la garantía de audiencia al aplicársele la ley, pues aun cuando ésta no consigne un procedimiento para dar cumplimiento a tal garantía, la autoridad puede otorgarla, no afectándose a quien reclama la inconstitucionalidad del precepto.
Precedentes
Amparo en revisión 1200/89. Eduardo Berttolini Ochoa. 13 de noviembre de 1989. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Ma. Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.