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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
CLIII/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207320
Clave de tesis
CLIII/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 269

SUMISION EXPRESA. LA DESIGNACION PRECISA DEL JUEZ QUE EXIGIA EL ARTICULO 1093 DEL CODIGO DE COMERCIO ANTES DE SU REFORMA DEL 29 DE DICIEMBRE DE 1988, NO IMPLICABA QUE NECESARIAMENTE SE TUVIESE QUE IDENTIFICAR LA JURISDICCION DE UN SOLO LUGAR.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo IV, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 269

Precedentes

Competencia 17/89. Suscitada entre los jueces de Primera Instancia de lo Civil del Tercer Distrito del Estado de Nuevo León y Trigésimo Cuarto de lo Civil del Distrito Federal. 18 de septiembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Alejandro Sosa Ortiz.
Registro digital (IUS): 207320