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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVII/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207386
Clave de tesis
XVII/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 334

INDUSTRIA FARMACEUTICA, ES CONSTITUCIONAL LA FACULTAD QUE EN EL ARTICULO 9o. DEL DECRETO PARA EL FOMENTO Y LA REGULACION DE LA (DIARIO OFICIAL DEL 23 DE FEBRERO DE 1984), SE OTORGA AL SECRETARIO DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL PARA DICTAR PROGRAMAS DE RAMA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 334

Precedentes

Amparo en revisión 6331/85. Beecham Farmacéutica, S. A. de C. V. 1o. de febrero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Registro digital (IUS): 207386