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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XLIV/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207389
Clave de tesis
XLIV/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 337

INTERDICTOS PARA RETENER LA POSESION DE UN SOLAR URBANO YA ASIGNADO Y AMPARADO CON UN CERTIFICADO QUE GARANTIZA SU POSESION. NO SE SURTE LA COMPETENCIA FEDERAL.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 337

Precedentes

Competencia 41/88. Suscitada entre los Jueces Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Apatzingán, Michoacán y el Primero de Distrito en ese Estado. 1o. de febrero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Rocha Díaz. Secretario: Alejandro Sosa Ortiz. Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA NO SE SURTE LA DEL JUEZ FEDERAL TRATANDOSE DE INTERDICTOS PARA RETENER LA POSESION DE UN SOLAR URBANO YA ASIGNADO Y AMPARADO CON UN CERTIFICADO QUE GARANTIZA SU POSESION.".
Registro digital (IUS): 207389