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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIV/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207395
- Clave de tesis
- XIV/89
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 343
LEYES, AMPARO CONTRA. ACTO DE APLICACION. PUEDE CONSISTIR EN UN ORDENAMIENTO GENERAL.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 343
El acto de aplicación de una ley con motivo del cual puede promoverse en su contra el juicio de amparo reclamándola como heteroaplicativa no tiene que consistir necesariamente en un acto dirigido en forma concreta y específica al peticionario de garantías, sino que también puede serlo un acto normativo general dirigido a todos aquellos que se coloquen en la hipótesis legal, pero en virtud del cual surjan o se actualicen situaciones que al vincular al particular al cumplimiento de la ley impugnada pueden dar lugar a que se considere por el quejoso que lo afectan en su interés jurídico, causándole perjuicios. En efecto, puede suceder que un acuerdo que establezca reglas de aplicación de un decreto constituya un acto de aplicación del mismo para efectos del juicio de amparo si en virtud de su expedición y vigencia surge la situación apuntada.
Precedentes
Amparo en revisión 6331/85. Beecham Farmacéutica, S. A. de C. V. 1o. de febrero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "AMPARO CONTRA LEYES. EL ACTO DE APLICACION PUEDE CONSISTIR EN UN ORDENAMIENTO.".