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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
LXIV/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207399
Clave de tesis
LXIV/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 347

NOMINAS, IMPUESTO SOBRE. EL TESTIMONIO DE UN PODER PARA PLEITOS Y COBRANZAS ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR EL INTERES JURIDICO DE LA QUEJOSA. (ARTICULOS 45-G A 45-I DE LA LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 347

Precedentes

Amparo en revisión 1667/88. Kosba, S. A. de C. V. 3 de mayo de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.
Registro digital (IUS): 207399