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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXX/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207408
- Clave de tesis
- XXX/89
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 355
RECLAMACION, AGRAVIOS EN LA. SU EXPRESION ES NECESARIA PARA EL EXAMEN DEL ACUERDO IMPUGNADO.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 355
El recurso de reclamación constituye un medio de defensa en el juicio de garantías que la ley concede a las partes para impugnar los acuerdos de trámite dictados por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por los Presidentes de las Salas o de los Tribunales Colegiados de Circuito. Por consiguiente, la materia del citado recurso está constituida precisamente por el acuerdo de trámite impugnado, que sólo puede y debe ser examinado a través de los agravios expresados por el recurrente. Consecuentemente, cuando éste no expresa agravios en contra del acuerdo que impugna, el recurso de reclamación es inoperante, porque no satisface el requisito que exige el artículo 103, párrafo segundo, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Reclamación en amparo en revisión 2213/88. Juana Graciela Ibáñez Fragoso. 20 de febrero de 1989. Cinco votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Gustavo Aquiles Gasca.
Notas:
En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "RECLAMACION. PARA SU OPERANCIA SE REQUIERE NECESARIAMENTE QUE QUIEN LA INTERPONE EXPRESE EL O LOS AGRAVIOS QUE LE CAUSA EL ACUERDO IMPUGNADO."
Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 17/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 315, de rubro: "RECLAMACIÓN. LA EXPRESIÓN DE AGRAVIOS ES NECESARIA PARA EL EXAMEN DEL ACUERDO IMPUGNADO."