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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I/89 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207409
Clave de tesis
I/89
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 355

RECAUDACION DE IMPUESTOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. PARA TENER POR ACREDITADOS LOS ACTOS EN ESA MATERIA, NO ES SUFICIENTE QUE LA LEY OTORGUE FACULTADES A UNA AUTORIDAD PARA EMITIRLOS.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo III, Primera Parte, Enero-Junio de 1989; Pág. 355

Precedentes

Amparo en revisión 2262/88. Aero Despachos Iturbide, S. A. 1o. de febrero de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Filiberto Méndez Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 207409