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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA EN UN JUICIO DE DIVORCIO, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD Y ALIMENTOS. CORRESPONDE AL JUEZ DEL DOMICILIO CONYUGAL SI AMBOS CONYUGES SE DICEN ABANDONADOS (AGUASCALIENTES Y GUANAJUATO).".

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207476
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

DIVORCIO, ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE. COMPETENCIA DEL JUEZ DEL DOMICILIO CONYUGAL, SI AMBOS CONYUGES SE DICEN ABANDONADOS (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE AGUASCALIENTES Y GUANAJUATO).

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 214

Precedentes

Competencia 75/88. 11 de julio de 1988. Cinco votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rodolfo Pasarín de Luna. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA EN UN JUICIO DE DIVORCIO, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD Y ALIMENTOS. CORRESPONDE AL JUEZ DEL DOMICILIO CONYUGAL SI AMBOS CONYUGES SE DICEN ABANDONADOS (AGUASCALIENTES Y GUANAJUATO).".