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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 216
DOMICILIOS DIVERSOS, PLURALIDAD DE DEMANDADOS POR ACCIONES PERSONALES CON. COMPETENCIA DEL JUEZ QUE ESCOJA EL ACTOR (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 216
Tratándose de una acción personal, y habiendo varios demandados que tienen diversos domicilios, es Juez competente para conocer del juicio aquel que escoja el actor, de acuerdo con los artículos 156, fracción IV y 88, fracción V de los Códigos Procesales Civiles del Distrito Federal, y del Estado de Morelos, respectivamente.
Precedentes
Competencia 102/88. 24 de agosto de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Agustín Urdapilleta.
Nota: Reitera tesis de jurisprudencia No. 710, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, página 1181.