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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207480
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 216

DOMICILIO DE LAS PERSONAS MORALES. ES EL SEÑALADO EN LA ESCRITURA CONSTITUTIVA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 216

Precedentes

Competencia 113/88. Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil de Mazatlán, Sinaloa y el Juez Décimo Octavo de lo Civil del Distrito Federal. 23 de septiembre de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Gustavo Aquiles Gasca. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXXIV, página 1371, la tesis de rubro "DOMICILIO DE LAS PERSONAS MORALES.".
Registro digital (IUS): 207480