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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 223
INHIBITORIA, COMPETENCIA POR. SUBSISTE EL CONFLICTO CUANDO UNA DE LAS PARTES NO ESTA CONFORME CON LA DETERMINACION DEL JUEZ REQUERIDO.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 223
De conformidad con lo dispuesto en la parte final del tercer párrafo del artículo 36 del Código Federal de Procedimientos Civiles, habiéndose planteado una cuestión de incompetencia por inhibitoria, el que los jueces estén conformes sobre cuál de ellos es competente, no es suficiente para tener por resuelta la cuestión competencial, sino en los casos en que las partes manifiesten su conformidad, puesto que, si alguna de ellas se muestra inconforme con la aceptación del juez, la cuestión competencial suscitada subsiste y debe ser la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que resuelva.
Precedentes
Competencia civil 109/88. Suscitada entre los jueces Décimoprimero de lo Civil del Distrito Federal y Interino de Primera Instancia Civil de Salvatierra, Guanajuato. 21 de noviembre 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Filiberto Méndez Gutiérrez.
Competencia 17/88. Suscitada entre los jueces Noveno de lo Civil del Primer Partido Judicial de Guadalajara, Estado de Jalisco y Cuarto de lo Civil en el Distrito Federal. 18 de abril de 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Raúl Armando Pallares Valdez.
Octava Epoca, Tomo I, Primera Parte, página 312.
Competencia 92/87. Suscitada entre los jueces Trigésimo Séptimo de lo Familiar del Distrito Federal (antes Octavo) y Segundo del Ramo Civil del Distrito Judicial de Pachuca, Hgo. 21 de agosto de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Miguel Cícero Sabido.
Octava Epoca, Tomo I, Primera Parte, página 312.
Competencia 191/86. Juez Segundo de Primera Instancia de Coatzacoalcos, Veracruz, y Juez de lo Familiar de Monterrey, Nuevo León. 11 de junio de 1987. Mayoría de tres votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra.
Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Cuarta Parte, página 160.
Competencia 139/86. Juez Primero de lo Civil de Guadalajara. Estado de Jalisco y Juez de lo Civil de Tecomán, Estado de Colima. 10 de junio de 1987. Mayoría de tres votos. Ponente Mariano Azuela.
Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Cuarta Parte, página 160.