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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207493
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 227
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. COMPETENCIA DEL JUEZ QUE PREVINO CUANDO SE DEMANDAN DIVERSAS PERSONAS ALGUNAS DE LAS CUALES NO INTERVINIERON EN LA CELEBRACION DEL CONTRATO Y TIENEN SUS DOMICILIOS EN DIFERENTES ENTIDADES FEDERATIVAS.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 227
El hecho de que algunos de los demandados en un juicio ordinario mercantil que se inicia con base en un contrato celebrado entre la parte actora y uno de los demandados, no hayan intervenido en su celebración, no implica que la demandante tenga que presentar su demanda ante los tribunales del domicilio de cada uno de los demandados, sino que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 24, fracción VIII, del Código Federal de Procedimientos Civiles, al que debe estarse ante la falta de disposición especial del Código de Comercio para dirimir conflictos competenciales como el referido, el conflicto debe decidirse en favor del juez que haya prevenido conforme a lo establecido en el párrafo final de dicha fracción que señala esa regla para los casos en que haya varios tribunales competentes de conformidad con las estipulaciones que el mismo numeral contempla.
Precedentes
Competencia 109/88. Suscitada entre los jueces Décimoprimero de lo Civil del Distrito Federal y Interino de Primera Instancia Civil de Salvatierra, Guanajuato. 21 de noviembre de 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Filiberto Méndez Gutiérrez.
Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL INICIADO CON BASE EN UN CONTRATO, CUANDO SE DEMANDAN DIVERSAS PERSONAS ALGUNAS DE LAS CUALES NO INTERVINIERON EN SU CELEBRACION Y TIENEN SUS DOMICILIOS EN DIFERENTES ENTIDADES FEDERATIVAS. SE SURTE EN FAVOR DEL JUEZ QUE PREVINO.".