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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207511
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 243

RECLAMACION IMPROCEDENTE CONTRA ACUERDOS DE TRAMITE DEL PRESIDENTE DE SALA, DICTADOS CON CARACTER DE MINISTRO COMISIONADO EN LA SUBSTANCIACION DE UN IMPEDIMENTO.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 243

Precedentes

Reclamación 183/88. Fidel Tanus Hage. 28 de noviembre de 1988. Cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: José Antonio García Guillén. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "RECURSO DE RECLAMACION. ES IMPROCEDENTE CONTRA LOS ACUERDOS DE TRAMITE DEL PRESIDENTE DE LA SALA, CUANDO LOS DICTA DENTRO DE UN IMPEDIMENTO CON EL CARACTER DEL MINISTRO COMISIONADO.".
Registro digital (IUS): 207511