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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207513
Clave de tesis
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 245

RENTA, DECLARACION MULTIPLE DE PAGO PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LA, DE SOCIEDADES MERCANTILES. NO CONSTITUYE ACTO DE APLICACION DE LOS ARTICULOS 810 Y 6o. TRANSITORIO DE LA LEY DE LA MATERIA, VIGENTES A PARTIR DE 1987.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 245

Precedentes

Amparo en revisión 1331/88. Grupo Industrial Saltillo, S.A de C.V. 24 de agosto de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "DECLARACION MULTIPLE DE PAGO PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE SOCIEDADES MERCANTILES. NO CONSTITUYE ACTO DE APLICACION DE LOS ARTICULOS 810 Y 6o. TRANSITORIO DE LA LEY DE LA MATERIA, VIGENTES A PARTIR DE 1987.".
Registro digital (IUS): 207513