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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207514
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 247

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[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 247

Precedentes

Amparo en revisión 5958/86. Sercomin, S.A. 24 de agosto de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rodolfo Pasarín de Luna. Amparo en revisión 5684/87. Agustín Banda Montelongo. 14 de enero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Manuel Villagordoa Lozano. Ponente: Samuel Alba Leyva. Secretario: Adolfo Olguín García. Octava Epoca, Tomo I, Primera Parte, página 341. Amparo en revisión 7326/86. Bárbara Velázquez Reyes. 17 de junio de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Cuarta Parte, página 290.
Registro digital (IUS): 207514