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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207518
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 255

TURNO EN TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DE LA MISMA MATERIA, ACUERDOS ECONOMICOS SOBRE. SI LAS HIPOTESIS NO SON EVIDENTES DEBE CONOCER DEL ASUNTO AQUEL AL QUE SE ENVIO ORIGINALMENTE Y NO REMITIRLO A LA SUPREMA CORTE PARA QUE DECIDA.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo II, Primera Parte, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 255

Precedentes

Competencia 89/88. Suscitada entre el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 24 de agosto de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Hugo Chapital. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Raúl Armando Pallares Valdez. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "ACUERDOS ECONOMICOS SOBRE TURNO EN TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DE LA MISMA MATERIA. SI LAS HIPOTESIS NO SON EVIDENTES DEBE CONOCER DEL ASUNTO AQUEL AL QUE SE ENVIO ORIGINALMENTE Y NO REMITIRLO A LA SUPREMA CORTE PARA QUE DECIDA.".
Registro digital (IUS): 207518