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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207552
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 290

DEMANDA DE AMPARO, PREVENCION TRATANDOSE DE LA. NO PROCEDE POR FALTA DE CITA DE ALGUNAS DE LAS AUTORIDADES QUE DEBIERON SEÑALARSE COMO RESPONSABLES.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 290

Precedentes

Amparo en revisión 7507/87. Fertilizantes Mexicanos, S.A. 18 de abril de 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "PREVENCION. NO PROCEDE POR FALTA DE SEÑALAMIENTO DE TODAS LAS AUTORIDADES QUE DEBIERON SEÑALARSE COMO RESPONSABLES.".
Registro digital (IUS): 207552