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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 339
RENTA, TASA ADICIONAL ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 80 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE (1986). PRUEBA DEL INTERES JURIDICO MEDIANTE RECIBO DE SUELDO EN QUE CONSTA LA RETENCION.
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 339
Si los quejosos, para acreditar su interés jurídico para promover juicio de amparo contra la tasa adicional establecida en el artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta aplicable a aquellos causantes que durante el año de 1986 hubiesen obtenido ingresos gravables por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado superiores a $332,320.00, aportan como pruebas las documentales consistentes en el primer recibo por concepto de pago de salario expedido a su nombre por la empresa patrona en el que conste que se les efectuó la retención de tal tasa adicional por exceder su salario del mínimo legal establecido en el referido precepto legal, debe considerarse que los mismos son suficientes para acreditar su interés jurídico, porque con ellos se demuestra que se encuentran en el supuesto normativo de causación de la tarifa adicional del impuesto, ya que si dichos recibos no fueron objetados por las autoridades responsables debe otorgárseles pleno valor probatorio, de conformidad con el artículo 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 7791/86. Rogelio González Cantú y otros. 22 de junio de 1988. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot.
Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "INTERES JURIDICO PARA PROMOVER AMPARO CONTRA EL ARTICULO 80 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 1986. SE ACREDITA CON EL RECIBO DE SUELDO EN QUE CONSTA LA RETENCION DE LA TASA ADICIONAL.".