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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207614
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 351

VIAS GENERALES DE COMUNICACION. COMPETENCIA. JURISDICCION CONCURRENTE.

[TA]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 351

Precedentes

Competencia 200/87. 29 de febrero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Rodolfo Pasarín de Luna. Reitera tesis de jurisprudencia No. 319 del Apéndice del Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 929. Nota: En el Informe de 1988, esta tesis aparece bajo el rubro: "COMPETENCIA EN UN JUICIO ES EL QUE INTERVIENE UNA EMPRESA DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION, CORRESPONDE A UN JUEZ COMUN SI SE OPTO POR EL.".
Registro digital (IUS): 207614