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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
3a. 2 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207658
Clave de tesis
3a. 2
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 395

PERSONALIDAD, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA SENTENCIA QUE RESUELVA LA EXCEPCION DE FALTA DE.

[J]; 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 395

Precedentes

Contradicción de tesis 2/84. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y Tercer y Cuarto Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito. 24 de febrero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. (Texto aprobado en sesión de 24 de febrero de 1988)
Registro digital (IUS): 207658