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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 49/94 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207661
Clave de tesis
4a./J. 49/94
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 84, Diciembre de 1994; Pág. 25

COMPETENCIA FEDERAL. DEBE QUEDAR PLENAMENTE ACREDITADA.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 84, Diciembre de 1994; Pág. 25

Precedentes

Competencia 49/58. Entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Número Nueve en el Estado de Nuevo León. 22 de enero de 1969. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Felipe A. Margalli. Competencia 138/56. Entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en el Estado de San Luis Potosí. 6 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Felipe A. Margalli. Competencia 4/89. Entre la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de Ciudad Victoria, Tamaulipas, la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Ocho de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 6 de marzo de 1989. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretaria: Ma. del Pilar Núñez González. Competencia 86/89. Entre la Junta Especial Número Quince de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Treinta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 19 de junio de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Luz María Corona Magaña. Competencia 316/94. Entre la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla. 14 de noviembre de 1994. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretaria: Guadalupe Cueto Martínez. Tesis de Jurisprudencia 49/94. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del catorce de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, por cinco votos de los señores Ministros: Presidente Ignacio Magaña Cárdenas, Juan Díaz Romero, Felipe López Contreras, Carlos García Vázquez y José Antonio Llanos Duarte. Nota: Esta tesis se publicó como jurisprudencia en el Informe de 1969, Parte II, Séptima Epoca, Cuarta Sala, página 26, con cuatro precedentes distintos.
Registro digital (IUS): 207661