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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 45/94 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207669
Clave de tesis
4a./J. 45/94
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 28

COMPETENCIA, REQUISITOS PARA QUE LA CUARTA SALA PUEDA CONOCER DE UN CONFLICTO DE.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 28

Precedentes

Competencia 182/88. Entre la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje. 6 de marzo de 1989. Cinco votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Emilio González Santander. Competencia 232/94. Entre la Junta Especial Número Cuatro Bis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Especial Número Doce de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 3 de octubre de 1994. Cinco votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Constancio Carrasco Daza. Competencia 248/94. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de México y la Junta Especial Número Veintinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 17 de octubre de 1994. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Pablo Galván Velázquez. Competencia 246/94. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de México y la Junta Especial Número Veintinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 17 de octubre de 1994. Cinco votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Martín Rubio Padilla. Competencia 247/94. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de México y la Junta Especial Número Veintinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 17 de octubre de 1994. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores. Tesis de Jurisprudencia 45/94. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, por cinco votos de los señores Ministros: Presidente Ignacio Magaña Cárdenas, Juan Díaz Romero, Felipe López Contreras, Carlos García Vázquez y José Antonio Llanos Duarte.
Registro digital (IUS): 207669