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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XII/94Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207709
Clave de tesis
4a. XII/94
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 191

COMPETENCIA. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA ENTIDAD FEDERATIVA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES PROMOVIDOS EN CONTRA DE UN MUNICIPIO, SI LA LEGISLATURA LOCAL AUN NO HA CREADO EL TRIBUNAL MUNICIPAL CORRESPONDIENTE.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 191

Precedentes

Competencia 49/94. Entre la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio, Durango y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Durango. 4 de abril de 1994. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Guillermo Loreto Martínez.
Registro digital (IUS): 207709