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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. X/94Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207719
- Clave de tesis
- 4a. X/94
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 113
COMPETENCIA FEDERAL. NO SE SURTE SI LOS DEMANDADOS SE DEDICAN SOLAMENTE AL EMPAQUE DE AZUCAR EN BOLSAS.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 113
De conformidad con los artículos 123, apartado A, fracción XXXI, constitucional y 527 de la Ley Federal del Trabajo, a las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje les corresponde conocer, entre otros, de los juicios laborales relacionados con la rama industrial productora de alimentos, entendiéndose por ésta, la que desarrolla actividades tendientes a la fabricación de alimentos que sean empacados, enlatados o envasados, o que se destinen a ello. Ahora bien, si los demandados se dedican sólo al empaque de azúcar en bolsas, no se surte la competencia de las aludidas Juntas Federales, habida cuenta de que en tal supuesto, los demandados únicamente se sirven de ella para desarrollar dicha actividad, mas no participan en el proceso industrial mencionado.
Precedentes
Competencia 46/94. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje en dicha localidad. 11 de abril de 1994. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores.
Competencia 289/93. Entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje en dicha localidad. 17 de enero de 1994. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores.