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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 1/94JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207734
Clave de tesis
4a./J. 1/94
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 73, Enero de 1994; Pág. 50

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. NEGAR EL DESPIDO Y CONTROVERTIR LA FECHA DEL ULTIMO DIA DE SERVICIOS, NO IMPLICA MALA FE.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 73, Enero de 1994; Pág. 50

Precedentes

Contradicción de tesis 30/93. Entre el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 15 de noviembre de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Hugo Hernández Ojeda. Tesis de Jurisprudencia 1/94. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del diez de enero de mil novecientos noventa y cuatro, por cinco votos de los señores Ministros: Presidente Ignacio Magaña Cárdenas, Carlos García Vázquez, Felipe López Contreras, Juan Díaz Romero y José Antonio Llanos Duarte.
Registro digital (IUS): 207734