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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 44/93JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207737
Clave de tesis
4a./J. 44/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 52

SEGURO SOCIAL. INTERPRETACION DEL ARTICULO 24 DEL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 52

Precedentes

Contradicción de tesis 48/92. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito. 8 de noviembre de 1993. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores. Tesis de Jurisprudencia 44/93. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del quince de noviembre de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Felipe López Contreras, Juan Díaz Romero, e Ignacio Magaña Cárdenas. Ausente: José Antonio Llanos Duarte, previo aviso.
Registro digital (IUS): 207737