Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/207739
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 46/93JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207739
Clave de tesis
4a./J. 46/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 54

INCIDENTE DE INEJECUCION DE LAUDO, IMPROCEDENCIA DE LA ADMISION Y TRAMITACION DEL, POR NO TENER SUSTENTO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y CONTRARIAR DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO DE LA PROPIA LEY.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 54

Precedentes

Contradicción de tesis 17/93. Entre los Tribunales Colegiados Segundo y Quinto en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 4 de octubre de 1993. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Daniel Cabello González. Tesis de Jurisprudencia 46/93. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del quince de noviembre de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Felipe López Contreras, Juan Díaz Romero, e Ignacio Magaña Cárdenas. Ausente: José Antonio Llanos Duarte, previo aviso.
Registro digital (IUS): 207739