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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 47/93 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207740
Clave de tesis
4a./J. 47/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 55

FERROCARRILEROS, JUBILACION DE TRABAJADORES DE CONFIANZA.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 72, Diciembre de 1993; Pág. 55

Precedentes

Contradicción de tesis 36/92. Entre el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito, y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 4 de octubre de 1993. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Hugo Hernández Ojeda. Tesis de Jurisprudencia 47/93. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del quince de noviembre de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cuatro votos de los señores Ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Felipe López Contreras, Juan Díaz Romero e Ignacio Magaña Cárdenas. Ausente: José Antonio Llanos Duarte, previo aviso.
Registro digital (IUS): 207740