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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XI/93 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207756
- Clave de tesis
- 4a. XI/93
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 193
AUTORIZADO PARA OIR NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO, REVOCACION DEL NOMBRAMIENTO DE.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XII, Octubre de 1993; Pág. 193
La designación hecha en el juicio de garantías de un nuevo autorizado para oír notificaciones en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, y su correspondiente reconocimiento por el juez de Distrito, implican la revocación del nombramiento otorgado con anterioridad a favor de alguna otra persona, a menos de que expresamente se manifieste, al designar a aquél, el deseo de que éste continúe en el cargo.
Precedentes
Amparo en revisión 2150/89. Maba, S.A. 6 de septiembre de 1993. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores.