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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 15/93JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207775
Clave de tesis
4a./J. 15/93
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 65, Mayo de 1993; Pág. 15

RIESGO DE TRABAJO. LA CONDENA AL PAGO DE UNA PENSION DERIVADA DE TAL RIESGO, DECRETADA EN CONTRA DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PREVISTO EN EL ARTICULO 842 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, AUNQUE DICHO INSTITUTO SOLO COMPAREZCA COMO TERCERO.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 65, Mayo de 1993; Pág. 15

Precedentes

Contradicción de tesis 45/91. Entre el Sexto Tribunal Colegiado y el Quinto Tribunal Colegiado, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 1o. de marzo de 1993. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Marcos García José. Tesis de Jurisprudencia 15/93. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada del primero de marzo de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cuatro votos de los señores ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Juan Díaz Romero, Felipe López Contreras y José Antonio Llanos Duarte. Ausente: Ignacio Magaña Cárdenas, por Comisión Oficial. NOTA: Por instrucciones de la Cuarta Sala, esta tesis 15/93, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación número 64, Abril de 1993, página 12, se vuelve a publicar con las correcciones que envía la Sala.
Registro digital (IUS): 207775