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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 31/92 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207804
Clave de tesis
4a./J. 31/92
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 61, Enero de 1993; Pág. 51

PERSONALIDAD, FALTA DE COMPROBACION EN AMPARO DE LA, CUANDO SE ADVIERTE HASTA PRONUNCIAR SENTENCIA. SOBRESEIMIENTO.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 61, Enero de 1993; Pág. 51

Precedentes

Amparo en revisión 1893/88. Plásticos Integrados, S.A. 13 de julio de 1989. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Luz María Corona Magaña. Amparo en revisión 1743/89. Aceite Casa, S.A. de C.V. 5 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Hugo Gómez Avila. Amparo en revisión 2701/89. Alfa Sabino, S.A. de C.V. 19 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretaria: María del Pilar Núñez González. Amparo en revisión 246/90. Automotores de Lagos, S.A. de C.V. 12 de diciembre de 1990. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretaria: María del Pilar Núñez González. Amparo en revisión 851/92. Fomento Azucarero del Centro, S. A. de C.V. 16 de noviembre de 1992. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: José Manuel Arballo Flores. Tesis de Jurisprudencia 31/92. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada el dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y dos, por cinco votos de los señores ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Juan Díaz Romero, Ignacio Magaña Cárdenas, Felipe López Contreras y José Antonio Llanos Duarte.
Registro digital (IUS): 207804