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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XXVI/92Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207823
Clave de tesis
4a. XXVI/92
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 127

COMPETENCIA FEDERAL. SE SURTE AUN CUANDO SE DEMANDE A UN SINDICATO OBRERO, SI LAS PRESTACIONES RECLAMADAS INVOLUCRAN LA APLICACION DE UN CONTRATO COLECTIVO OBLIGATORIO EN MAS DE UNA ENTIDAD FEDERATIVA.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 127

Precedentes

Conflicto competencial 113/92. Entre la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla y la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla. 31 de agosto de 1992. Cinco votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Gerardo Domínguez.
Registro digital (IUS): 207823