Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/207840
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XIV/92 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207840
- Clave de tesis
- 4a. XIV/92
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 99
ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. LA DECLARACION EN CERO RESPECTO DE ESE TRIBUTO DEMUESTRA EL ACTO DE APLICACION DE LA LEY QUE LO ESTABLECE.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 99
Conforme al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Activo de las Empresas es obligación del contribuyente determinar el gravamen de que se trata, y el artículo 7o. de ese mismo ordenamiento lo obliga a efectuar un primer pago provisional trimestral. Consecuentemente, si en un caso concreto la parte quejosa reclama la ley con motivo del primer acto de aplicación y con ese propósito aporta la declaración respectiva de la que aparece que se marcó con ceros el renglón correspondiente al tributo impugnado, aun cuando materialmente no se cubra pago alguno por ese concepto, debe concluirse que formalmente sí se da el acto de aplicación en la medida en que la elaboración y presentación del documento relativo se hace en cumplimiento del deber impuesto por los preceptos antes señalados.
Precedentes
Amparo en revisión 4020/90. Ramboo Internacional, S.A. 20 de abril de 1992. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretaria: María del Pilar Núñez González.
Amparo en revisión 1977/90. Ediciones Castell Mexicana, S.A. 30 de marzo de 1992. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: José Manuel de Alba de Alba.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Novena Epoca, Tomo V, Abril, tesis 2a.XXXIII/97, página 79, de rubro: "ACTIVO, IMPUESTO AL. SU ACTO DE APLICACION Y EL INTERES JURIDICO PARA IMPUGNAR LA LEY QUE LO ESTABLECE, PUEDEN DEMOSTRARSE CON UNA DECLARACION DE PAGO PROVISIONAL QUE TAMBIEN COMPRENDA OTRAS CONTRIBUCIONES FEDERALES, A PESAR DE QUE APAREZCA EN 'CERO' EL RENGLON 'A PAGAR' POR EL REFERIDO TRIBUTO.".