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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a./J. 5/92JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207847
Clave de tesis
4a./J. 5/92
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 53, Mayo de 1992; Pág. 19

TESTIGOS EN EL JUICIO LABORAL. NO PROCEDE SU SUBSTITUCION.

[J]; 8a. Época; 4a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 53, Mayo de 1992; Pág. 19

Precedentes

Contradicción de tesis 68/90. Suscitada entre los Tribunales Colegiados Segundo del Décimo Primer Circuito y del Décimo Segundo Circuito, por una parte y por otra los Tribunales Colegiados Segundo del Sexto Circuito y del Noveno Circuito. 6 de abril de 1992. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Adriana Campuzano de Ortíz. Tesis de Jurisprudencia 5/92. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada celebrada el once de mayo de mil novecientos noventa y dos. Cinco votos de los señores Ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Juan Díaz Romero, Ignacio Magaña Cárdenas, Felipe López Contreras y José Antonio Llanos Duarte.
Registro digital (IUS): 207847