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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XLI/90Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207866
Clave de tesis
4a. XLI/90
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 40

INEJECUCION DE SENTENCIA. EL INCIDENTE QUEDA SIN MATERIA AUNQUE LA SENTENCIA SE CUMPLA POR UNA AUTORIDAD DISTINTA DE LA RESPONSABLE.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo IX, Febrero de 1992; Pág. 40

Precedentes

Incidente de inejecución 8/79. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Poblado Ampliación del Ejido Ríoyos, Municipio de Dolores Hidalgo, Guanajuato. 10 de febrero de 1992. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Marcos García José. Incidente de inejecución 82/87. María del Carmen Esquitín Lastiri y otros. 8 de octubre de 1990. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Adriana Campuzano de Ortiz. Octava Epoca, Tomo VI, Primera Parte, pág. 226.
Registro digital (IUS): 207866