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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. XXXV/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
207874
Clave de tesis
4a. XXXV/91
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 68

CONTRADICCION DE TESIS, DENUNCIA DE. ES IMPROCEDENTE SI NO SE FORMULA POR PARTE LEGITIMADA.

[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VIII, Noviembre de 1991; Pág. 68

Precedentes

Contradicción de tesis 22/90. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo del Cuarto Circuito. 6 de mayo de 1991. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: José Manuel de Alba de Alba. Contradicción de tesis 55/90. Entre las sustentadas por el Quinto y Sexto Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 22 de abril de 1991. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretaria: María del Pilar Núñez González. Nota: La tesis 4a./J. 4/91, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, número 40, abril de 1991, página 18 y tomo VII-Abril, página 33, a petición de la Sala causa baja como tesis jurisprudencial y su precedente se incorpora a esta tesis aislada XXXV/91.
Registro digital (IUS): 207874