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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
4a. I/91 Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 207920
- Clave de tesis
- 4a. I/91
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 65
LEY, AMPARO CONTRA, RECLAMADA CON MOTIVO DE LA APLICACION DE UN REGLAMENTO. SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 8a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 65
Si el recurrente no formula agravio en contra del sobreseimiento dictado por el juez de Distrito respecto de un reglamento, que se señala como acto de aplicación de la ley reclamada, y los que hace valer sólo se refieren a la cuestión de fondo, ello trae como consecuencia el sobreseimiento total del juicio, porque si con motivo del sobreseimiento en cuanto al citado reglamento desaparecieron los actos de aplicación de la ley, no cabe examinar su constitucionalidad.
Precedentes
Amparo en revisión 5965/87. Llyvsa, S.A. de C.V. 19 de noviembre de 1990. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: José Manuel de Alba de Alba.